
¿Puedo acceder al programa?
Comprueba con nuestro checklist interactivo qué modalidad del programa se adapta a tu situación. Sin registro, sin envío de datos.
Si todavía no tienes el reconocimiento de Dependencia, puedes iniciar esa tramitación en paralelo mientras valoras el acceso al programa. No es necesario tenerlo antes de contactar con la OVI.
Cómo tramitar el reconocimiento de Dependencia →Checklist de elegibilidad
Marca los criterios que cumples. La herramienta te indicará qué programas te corresponden. Es orientativa — la elegibilidad final la valora la entidad gestora.
Criterios de elegibilidad
Marca todo lo que aplique a tu situación. No enviamos ningún dato.
Requisitos detallados por programa
OVI Física (ASPAYM Madrid)
Discapacidad física documentada
Certificado de discapacidad con grado igual o superior al 33%, con etiología física o lesión medular.
Reconocimiento de Dependencia
Resolución vigente de la Comunidad de Madrid reconociendo la situación de dependencia (cualquier grado). Puede tramitarse en paralelo.
Mayor de 18 años
No hay límite de edad máxima establecido.
Residente en la Comunidad de Madrid
Empadronamiento activo en cualquier municipio de la región.
Vida activa
Estar en situación de empleo remunerado, estudios reglados, formación para el empleo o búsqueda activa de empleo documentada.
Compromiso con la filosofía VI
Disposición a asumir la autogestión del equipo de asistentes personales. La OVI ofrece formación para ello.
OVI Intelectual (Plena Inclusión Madrid)
Discapacidad intelectual o del desarrollo
Certificado con grado igual o superior al 33%.
A partir de 7 años
No hay límite de edad máxima establecido.
Residente en la Comunidad de Madrid
Empadronamiento activo en cualquier municipio de la región.
Sin requisito de actividad laboral
A diferencia de la OVI Física, no se exige estar trabajando o estudiando.
Pisos de Transición - STVI (FAMMA-Cocemfe)
Discapacidad física u orgánica (≥33%)
Con certificado de discapacidad vigente.
Entre 18 y 40 años
Requisito de edad estricto para acceder a las plazas residenciales.
En formación, empleo o búsqueda activa
Debe acreditarse vinculación con el mercado laboral o formativo.
Residente en la Comunidad de Madrid
Empadronamiento activo.
Aportación económica
Máximo del 55% del IPREM mensual (según renta). El resto lo cubre el programa.
Preguntas frecuentes sobre requisitos
¿Qué pasa si aún no tengo reconocida la Dependencia?
Puedes contactar con la OVI y comenzar el proceso de valoración al mismo tiempo que tramitas el reconocimiento de Dependencia. El trámite ante la CAM puede tardar meses, por lo que es mejor iniciarlo cuanto antes. La OVI te puede orientar.
¿Y si tengo discapacidad física pero no estoy trabajando ni estudiando?
El requisito de «vida activa» es una de las barreras más debatidas del programa. Si no cumples este criterio ahora, puedes explorar las ayudas de autonomía y los productos de apoyo, que no tienen ese requisito. Consulta también si hay vías de acceso excepcional.
¿Puedo acceder si vivo fuera de Madrid capital pero dentro de la CAM?
Sí. El requisito es estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid. Sin embargo, ten en cuenta que la mayoría de sedes están en Madrid ciudad, lo que puede suponer desplazamientos.
¿Hay lista de espera aunque cumpla todos los requisitos?
Sí. El programa tiene plazas limitadas por financiación. Cumplir los requisitos no garantiza acceso inmediato. Te lo explicamos en detalle en la sección de Retos y Realidades.
Ver la realidad de las listas de espera →¿No cumples los requisitos? Otras opciones
El programa OVI no es la única vía. Existen otras ayudas y recursos para la autonomía.
Ayudas de autonomía (Convocatoria anual)
Si tienes discapacidad ≥33% y situación de vulnerabilidad, puedes solicitar ayudas para audífonos, sillas de ruedas, adaptación de vehículo, taxi adaptado y más.
Ver más →SILSE – Intérpretes de Lengua de Signos
Servicio gratuito e individualizado para personas con discapacidad auditiva en gestiones administrativas, médicas, laborales y judiciales.
Ver más →Perros de Asistencia
Reconocimiento oficial de perros guía, de señal, de servicio, de alerta médica y para TEA. Expedición de chapa y carné.
Ver más →Orientación personalizada
Si tienes dudas sobre qué programa te corresponde o cómo tramitar tu situación, contacta con nosotros para una orientación sin compromiso.
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